domingo, 26 de julio de 2026

Reforma integral de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales entra en fase de aprobación

26 de abril de 2026
El Consejo de Ministros aprobará mañana la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
El Consejo de Ministros aprobará mañana la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

El Gobierno planea someter a votación en sesión de Consejo de Ministros de mañana un anteproyecto destinado a modernizar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, coincidiendo con la conmemoración del Día Internacional de la Seguridad y Salud Laboral. Impulsada desde el Ministerio de Trabajo, esta iniciativa busca adaptar una normativa que lleva más de tres décadas en vigor a la realidad del mercado laboral contemporáneo.

Los datos del Ministerio de Trabajo revelan una situación que justifica la urgencia de la reforma. Durante los primeros sesenta días de 2026, se han contabilizado 104 fallecimientos de trabajadores, cifra que supera en seis casos la registrada en el mismo lapso de 2025. Aunque estas cifras son preliminares, ponen de manifiesto la necesidad de fortalecer los mecanismos de prevención en el entorno laboral.

El anteproyecto ha sido elaborado en coordinación con las principales organizaciones sindicales, CCOO y UGT, incorporando sus perspectivas en la formulación de las medidas. Entre las disposiciones más relevantes destaca la obligación para las empresas de diseñar protocolos que faciliten la reincorporación de empleados tras períodos de incapacidad temporal. Asimismo, las organizaciones deberán implementar sistemas de vigilancia que abarquen tanto la salud física como mental de la plantilla, con evaluaciones al inicio del vínculo laboral, de forma periódica y tras cualquier interrupción significativa en la actividad.

En materia de protección de menores, el anteproyecto establece prohibiciones expresas. Los trabajadores menores de 18 años quedan excluidos de puestos que impliquen exposición a contenido pornográfico o violento. De igual manera, se prohíbe su participación en labores con animales que representen riesgo, manejo de maquinaria de gran envergadura y tareas que superen sus límites físicos o emocionales. Estas restricciones admiten excepciones únicamente en el contexto de programas formativos esenciales para la adquisición de competencias profesionales, siempre bajo supervisión rigurosa.

La reforma amplía significativamente los derechos fundamentales de los trabajadores. Se reconoce explícitamente el derecho a la integridad tanto física como psicológica, así como la protección contra cualquier modalidad de hostigamiento. El texto incluye además sanciones más específicas dirigidas a garantizar la igualdad y eliminar prácticas discriminatorias, con la posibilidad de aplicar reducciones de penalidades bajo circunstancias determinadas.

En el plano organizativo, los delegados de prevención experimentarán un incremento del veinte por ciento en su dedicación horaria destinada a estas funciones. Se introduce además la figura del agente territorial de prevención, un recurso pensado para fortalecer las capacidades de las pequeñas y medianas empresas. A partir de ciertos umbrales de personal, las compañías estarán obligadas a constituir servicios de prevención internos, mientras que se reducirán los límites de trabajadores que pueden ser atendidos por estructuras preventivas propias.

La iniciativa normativa busca poner el foco en riesgos laborales que emergen del contexto actual: los derivados del cambio climático, la expansión del trabajo remoto y la necesidad de establecer límites en la conexión digital. Se propone también integrar una perspectiva de género, considerar la heterogeneidad de edades en la plantilla y reforzar salvaguardas específicas para mujeres embarazadas o en período de lactancia. En conjunto, la reforma pretende consolidar estructuras preventivas más robustas dentro de las empresas e introducir nuevos actores, como los agentes territoriales, para extender la protección a organizaciones donde no existe representación sindical.

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