CCOO impugna fallo del Supremo que restringe inspecciones laborales en domicilios empresariales

Comisiones Obreras ha manifestado su rechazo frontal a la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 14 de abril de 2026, que condiciona las inspecciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) en centros de trabajo ubicados en domicilios sociales empresariales al requisito previo de obtener autorización judicial.
El sindicato cuestiona la coherencia jurídica de la resolución, señalando que ésta reinterpreta la normativa que rige el funcionamiento de la ITSS, un marco legal que, en su criterio, se ajusta plenamente a la Constitución Española y a los estándares de la Organización Internacional del Trabajo. Según CCOO, la sentencia traslada injustificadamente las limitaciones de acceso vigentes para domicilios particulares hacia instalaciones laborales cuando coinciden con la sede social de la entidad empresarial, debilitando así la capacidad de los inspectores para garantizar el cumplimiento de la legislación laboral.
La organización sindical advierte que esta resolución genera una zona de vacío legal que podría propiciar situaciones de explotación en el segmento de microempresas, donde frecuentemente el lugar de trabajo coincide con el domicilio registrado de la empresa.
CCOO subraya que la imposición de trámites adicionales compromete la agilidad operativa de la Inspección de Trabajo, elemento esencial para actuar con la rapidez requerida en la defensa de los derechos laborales y las garantías fundamentales del trabajador. El sindicato ha anunciado que llevará a cabo un examen exhaustivo de la sentencia con el propósito de preservar la seguridad jurídica en las actuaciones inspectoras en la totalidad de centros de trabajo españoles. Asimismo, ha expresado su solidaridad con los funcionarios de la ITSS, a quienes reconoce como pilares fundamentales en la protección de los derechos laborales en el país.
Compare options


