Tribunal de Madrid condena a dos miembros de familia por asesinato en enfrentamiento entre clanes

La justicia madrileña ha fallado en contra de dos hombres por su participación en un tiroteo que dejó un muerto en el barrio de Carabanchel hace casi tres años. Juan Pedro M. fue sentenciado a 27 años de reclusión, mientras que su padre, Pedro M., cumplirá 17 años y medio tras las rejas por los cargos de homicidio y cuatro tentativas de homicidio.
El contexto del enfrentamiento
El conflicto se originó en una disputa previa entre dos familias rivales. Miembros del clan B. se presentaron en el domicilio de la familia M. para reclamar el fin de las amenazas que, según denunciaban, habían padecido durante varios meses. El encuentro derivó en violencia cuando los acusados abrieron fuego desde su vivienda contra los visitantes.
Las sentencias detalladas
Juan Pedro M. recibió una condena de diez años por el asesinato consumado, cuatro años adicionales por cada una de las cuatro tentativas de homicidio, y dieciocho meses por tenencia ilegal de armas. Su padre fue condenado a cuatro años por cada intento de asesinato más año y medio por la misma infracción de armas.
El tribunal reconoció de forma incompleta la legítima defensa en ambos casos, lo que influyó en las penas impuestas.
Detalles de los hechos
Los disparos provinieron de las ventanas de la vivienda. Juan Pedro M. utilizó una pistola semiautomática de calibre 7,65, mientras que Pedro M. empleó un revólver. El resultado fue fatal: Antonio B.B. recibió dos impactos de bala que le causaron la muerte.
La defensa argumentó durante el proceso que los acusados actuaron bajo miedo, asustados por la presencia de numerosos integrantes del clan adversario que gritaban y profería amenazas desde la calle. No obstante, los análisis periciales y los testimonios recopilados en el juicio refutaron esta versión. Los registros también constatan que posteriormente miembros del grupo atacado respondieron con disparos propios.
La valoración judicial
La sentencia califica el ataque como asesinato con alevosía al considerar que las víctimas fueron sorprendidas desde una posición elevada que les impedía reaccionar. La magistrada fundamentó su decisión en jurisprudencia del Tribunal Supremo, estableciendo la existencia de intención criminal y alevosía en el delito. Los disparos mortales fueron identificados como provenientes del arma de Juan Pedro M., descartando las alegaciones de autodefensa presentadas por la defensa.
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