domingo, 26 de julio de 2026

Juez Peinado ordena juicio con jurado contra Begoña Gómez con medidas cautelares restrictivas

20 de junio de 2026
El juez Peinado abre juicio oral a Begoña Gómez, le retira el pasaporte y le prohíbe salir
El juez Peinado abre juicio oral a Begoña Gómez, le retira el pasaporte y le prohíbe salir

El magistrado Juan Carlos Peinado ha resuelto abrir procedimiento de juicio oral ante tribunal de jurado contra Begoña Gómez, cónyuge del titular de la Presidencia del Gobierno Pedro Sánchez. La decisión incluye la imposición de medidas cautelares severas: retención del pasaporte, restricción territorial absoluta dentro de las fronteras nacionales y obligación de presentación bimensual ante los juzgados.

Conforme a un documento de 84 páginas conocido por Europa Press, estas restricciones se extienden igualmente a Cristina Álvarez, asesora de Gómez, y permanecerán vigentes durante toda la sustanciación procesal hasta que exista sentencia definitiva.

La determinación del magistrado surge tras la sesión preliminar celebrada el lunes en las dependencias judiciales de Plaza de Castilla, donde los acusadores populares encabezados por Hazte Oír reafirmaron sus pretensiones acusatorias. Tanto Gómez como Álvarez enfrentan acusaciones de tráfico de influencias, corrupción en operaciones comerciales, apropiación indebida y desviación de recursos públicos.

Respecto a las restricciones impuestas, el juez ha ordenado la incautación de documentos de viaje y la prohibición de cruzar fronteras, con notificación a todos los puntos de entrada fronteriza y terminales aeroportuarias para prevenir cualquier salida no autorizada.

El empresario Juan Carlos Barrabés, también investigado por los mismos delitos de tráfico de influencias y corrupción comercial, no ha sido sujeto a medidas cautelares análogas. El análisis judicial de Peinado sobre Gómez examina supuestas gestiones de influencia en beneficio de Barrabés, su dirección de la cátedra compartida en la Universidad Complutense de Madrid, la utilización indebida de un programa informático y la designación de Álvarez en funciones asesoras.

El magistrado identifica una transformación sustancial en la trayectoria profesional de Begoña Gómez coincidiendo con el ascenso de su esposo en la estructura del PSOE y posteriormente en la Jefatura del Ejecutivo.

Peinado sostiene que, tras la incorporación de Sánchez a la Secretaría General socialista y su posterior llegada a la Presidencia, se adoptaron resoluciones administrativas ventajosas para la cátedra de Gómez, facilitadas por su posición de proximidad relacional. Subraya que transcurridos apenas meses desde su anterior actividad laboral, fue designada directora del IE Africa Center, y que la implantación de la cátedra no siguió los trámites ordinarios, sino que se materializó tras una reunión en la Moncloa entre Gómez y el rector de la UCM, Joaquín Goyache, quien ordenó la creación de la cátedra para la esposa del presidente.

Asimismo, el magistrado estima que las gestiones de influencia de Gómez proporcionaron ventajas comerciales a Barrabés, empleando su posición académica para objetivos empresariales. Respecto a la seguridad personal de Gómez, Peinado señala que su condición de esposa del presidente no elimina los riesgos de incumplimiento procesal, dado que la custodia de los servicios de seguridad reviste carácter temporal.

En materia de tráfico de influencias, el juez rechaza los argumentos de las defensas que pretenden justificar que la cátedra carecía de remuneración y que los recursos beneficiaban únicamente a la institución académica. Conforme al criterio de Peinado, la cátedra integra una cadena de operaciones lucrativas que comprende la apropiación del programa informático y la captación de recursos de origen privado, indicando que el patrimonio personal de Gómez pudo haberse beneficiado de estas gestiones.

Compare options